Gobierno alista nuevas reglas para las obras por impuestos

El mecanismo de obras por impuestos (OPI) -que permite no pagar parte de responsabilidades tributarias si se hacen obras sustitutivas- levantó vuelo este año y casi ya tiene todo el cupo del 2019.

Esta buena acogida por parte de las empresas tiene a los ministerios de Hacienda y Agricultura corriendo a toda marcha, con el fin de que la norma permita mejoras reglamentarias que se aplicarían desde el próximo año, tanto por decreto como por ley.

Para el primer frente, las dos carteras publicaron un borrador de norma que busca dictar reglas claras en 10 puntos. La principal aplicaría solo para el 2019, vigencia para la cual el banco de proyectos de las zonas más afectadas por el conflicto (Zomac) no cerrará el 31 de diciembre próximo, sino el 28 de febrero del otro año.

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Lo anterior, debido a que “la información de seguimiento realizada por la Agencia de Renovación del Territorio (ART) se han identificado un total de 66 proyectos con alta y media probabilidad de registro para el 2019 por un valor total de $306.883 millones (…)”, y al menos 30 de estos están siendo apoyados o formulados por compañías potencialmente aplicables a obras por impuestos.

La norma en consideración va más allá e incluye reglas claras sobre restricciones para acceder a este beneficio, nuevos criterios de priorización del cupo que da el Confis cada año, una hoja de ruta para contratar el desarrollo y seguimiento del proyecto, al igual que abre la puerta para ajustar los cronogramas antes del inicio de las obras.

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En primer lugar, el borrador de decreto saca de los beneficiarios a quienes se encuentre obligados a construir proyectos, por cuenta de un mandato legal, un acto administrativo o una decisión judicial, ya que su responsabilidad trasciende el programa de beneficios tributarios.

En cuanto a la contratación, cuando esta se efectúe por licitación privada abierta, dicho procedimiento será el establecido entre el contribuyente y la fiduciaria en el contrato de fiducia mercantil que se debe suscribir para el desarrollo del proyecto. Previo a esto, en la fase anterior a la ejecución, el proyecto de decreto le abre la puerta que los contratistas ajusten los cronogramas.

Esto, con el fin de que los ejecutores puedan modificar los plazos de entrega y avances, siempre y cuando sean justificadas y avaladas en la sesión de inicio de cada iniciativa.

LEY DE FINANCIAMIENTO

Al borrador de decreto del Minhacienda y Minagricultura se suma un capítulo de la ley de financiamiento, que introduce el mecanismo de obras por impuestos en el Estatuto Tributario, con varios ajustes adicionales.

Por ejemplo, ahora los compromisos de inversión adquiridos en estos convenios no podrían superar el 30% del patrimonio contable del contribuyente, para lo cual se tendrán en cuenta las cifras del año anterior a la vinculación de cada empresa al programa.

De igual forma, en la reforma se abre la puerta para que las personas jurídicas que tengan deudas por concepto de su impuesto de renta puedan asumir el pago de las mismas a través de los títulos para la renovación del territorio (TRT), que también se estrenaría el próximo año y serían usados como contraprestación de las obligaciones derivadas de los convenios de OPI. Para esto, claro está, el Gobierno tendrá que reglamentarlo.

Fuente: Portafolio