Revista Nacional de Agricultura
Edición 1012 – Marzo 2021
La iniciativa buscaba ayudarle al gobierno, necesitado de circulante, a sortear los efectos de la Guerra de los Mil Días.
En mayo de 1906, el gobierno de Rafael Reyes le concedió a la SAC el privilegio de fundar un banco, en respuesta a la solicitud formulada por la institución, preocupada por la grave situación económica que vivía el país, en buena medida, derivada de la devastadora Guerra de los Mil Días (1899-1902). La noticia apareció en la Revista Nacional de Agricultura, correspondiente a junio del citado año.
Con esta entidad –que se llamará Banco de Crédito Territorial–, se buscaba aumentar el medio circulante, “sin duda la necesidad más urgente, inaplazable pudiéramos decir, entre todas las que nos asedian, hoy por hoy, en nuestra vida nacional”. Las palabras son de Francisco Ospina Álvarez, presidente de la SAC, en memorial enviado al ministro de Hacienda de ese entonces.
“La crisis económica que atravesamos nos afecta a todos por igual. Las industrias se están muriendo por falta de moneda con que pagar al operario, y lejos de aumentar nuestra riqueza, vemos perderse la ya creada por el esfuerzo de muchas generaciones. Ayudemos al gobierno á salvar al país y á salvarnos á nosotros mismos”, se lee en la nota editorial de esa misma edición.
En otro aparte del mencionado memorial, Ospina Álvarez manifiesta: “Sabe el Sr. Ministro que la fundación de esos bancos (de crédito territorial) no significa novedad alguna en el mecanismo económico y financiero de los países civilizados (…) Colombia es la única nación americana en donde la propiedad raíz permanece fuera del movimiento comercial, á expensas de los intereses permanentes del país y en provecho exclusivo de la especulación y la usura, en forma individual ó colectiva”.
Algunas de las bases de creación del Banco de Crédito Territorial
– El Banco abrirá una suscripción de acciones hasta por la suma de diez millones de pesos en oro, que se cubrirán con fincas raíces ubicadas en la jurisdicción del Banco. Estas fincas sólo serán aceptadas por la mitad de su valor real.
– Suscritas las acciones con todas las formalidades del caso, el Gobierno, de acuerdo con el Banco Central, autorizará una emisión de billetes, en cantidad igual al valor de las acciones suscritas.
– El Banco cobrará en sus préstamos el 10 por 100 anual y los hará a largo plazos. Estos serán determinados en cada caso por el Gerente ó por la Junta Directiva.
– Las utilidades del Banco, deducidos sus gastos y el tanto por ciento que corresponde al Central, serán destinadas íntegramente á la amortización de su propio billete.
– El Banco tendrá la facultad de fundar sucursales, bajo su inmediata responsabilidad, en los Departamentos, de acuerdo con la riqueza territorial de cada uno de éstos y con sus necesidades.
– El Gobierno hará la designación del Gerente, de conformidad con una terna que le presente el Consejo Consultivo de la Sociedad fundadora del Banco.
– El Banco comenzará sus operaciones desde que tenga en caja los billetes.
¿Qué pasó con esta idea? Lo averiguaremos.