Revista Nacional de Agricultura
Edición 1024 – Abril 2022

La falta de información pública en materia de inventarios de fertilizantes, costos de importación, precios de los diferentes canales, entre otras, en momentos donde la coyuntura internacional afecta el costo de producir comida a nivel global y en Colombia, genera incertidumbre en los productores y dificulta la toma de decisiones que contribuyan a garantizar su rentabilidad y por supuesto a mitigar el impacto de costos en la inflación de alimentos.

En tal sentido, entre otras razones, desde la SAC elevamos un derecho de petición ante el ministerio de agricultura y desarrollo rural para que haga pública la siguiente información.

A continuación, la lista de la información que se solicita y apartes del documento en cuestión:

  1. Valor y volumen de las importaciones de fertilizantes, desagregadas por productos simples y compuestos, desde el 2018 hasta el 2022 (desagregando el comportamiento mensual)
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  2. Volumen de inventarios de fertilizantes por producto simple y compuesto, en kilogramos, detallando la ubicación geográfica de los mismos, por mes, desde el 2018 hasta el último mes reportado para el 2022 (abril).
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  3. Volumen y valor de las ventas de fertilizantes simples, por mes, desde el 2018 hasta el último mes reportado para el 2022 (abril).
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  4. Volumen y valor de las ventas de NPK, detallando por los compuestos más comercializados, por mes, desde el 2018 hasta el último mes reportado para el 2022 (abril).
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  5. Precio ponderado por kilogramo de fertilizantes simples y NPK, por mes, desde el 2018 hasta el último mes reportado para el 2022 (abril).
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  6. Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de manera quincenal, revele a la ciudadanía, con un alto grado de confianza, la situación actual, respecto de la disponibilidad, abastecimiento y precio de los insumos agropecuarios sometidos al régimen de libertad vigilada, en particular la relacionada con los fertilizantes.
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  7. Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a la mayor brevedad, facilite el acceso al público de la información del Sistema de Reporte de Información de Insumos Agropecuarios (SIRIIAGRO), de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del Artículo 10 de la Ley 2183 de 2022.
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  8. Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a la mayor brevedad, inicie las jornadas de socialización y capacitación en el territorio nacional, con el objeto de garantizar el acceso de la información a los pequeños productores sobre las medidas institucionales, oferta y precios, entre otras, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del Artículo 10 de la Ley 2183 del 2022.

La información que solicita la SAC, no tiene el carácter reservado, y tampoco corresponde a aquella cuyo acceso pueda ser negado por daños a personas naturales o jurídicas, por daños al interés público, o información privada o sensible, por tratarse de información con la que cuenta el Ministerio en ejercicio de su función de hacer seguimiento a la política de libertad vigilada y control de precios de los insumos agrícolas, pecuarios, pesqueros, acuícolas y forestales, así como lo dispuesto en la Ley 2183 del 2022, por cuanto la misma ha sido reportada en el Sistema de Reporte de Información de Insumos Agropecuarios (SIRIIAGRO).

Teniendo en consideración que es el Legislador, entonces, quien ha determinado las excepciones al derecho de acceso a la información, dentro de las cuales no se encuentra la que se solicita por medio de esta petición, e incluso dispuso el acceso a la información del SIRIIAGRO, debe entenderse que es de libre acceso y no puede restringirse.

El derecho de petición está fundamentado en varias leyes, decretos, resoluciones y sentencias de la Corte Constitucional, relacionados con la fijación de la política de precios, la protección de la competencia, el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios, la transparencia y derecho de acceso a la información pública nacional y el acceso a los documentos públicos. Argumentamos: Ley 81 de 1998 (Artículo 60), Ley 81 de 1988 (Literal a. del Artículo 61), Ley 1340 del 2009 (Artículo 3). Decreto 471 del 2020. Resolución 71 del 2020. Ley 2183 del 2022. Ley 1712 del 2014. Ley 1437 del 2011 (Artículo 24), y sentencias T-1182 del 2018, T-578 de 1993 y C-274 del 2013, de la Corte Constitucional.

Esperamos y confiamos en que los productores de alimentos de nuestro país de manera permanente tengan a su disposición este tipo de información que les permita tener más y mejores elementos para la toma de decisiones en sus procesos de producción.