Consejos para quienes quieren acceder al mercado de China

Para la agricultura colombiana, el acceso al mercado chino de alimentos y productos agropecuarios debe constituirse, como lo ha planteado recientemente el Presidente de la SAC, en una prioridad del actual gobierno y del sector si se pretenden diversificar los destinos de las exportaciones hacia mercados con amplia demanda, capacidad de compra y de pago y estables.

Dentro de las posibilidades del sector privado, independiente de las gestiones de apoyo gubernamentales resulta indispensable que los productores se ilustren sobre diversos trámites para el acceso a ese mercado que les permitan no solo participar del comercio de importación de China, sino asegurar que sus productos estarán debidamente protegidos de plagio o falsificaciones.

En países como Perú, con un importante relacionamiento comercial con China, firmas como Araya & Cía., son hábiles a la hora de identificar, para los exportadores, aquellos trámites o requisitos que facilitan el acceso y la protección de bienes en ese país, como lo muestran aportes recientes al respecto realizadas por la abogada de Propiedad Intelectual Loreto Polloni.

Es así como ellos confieren especial importancia a la Inscripción de Marcas Registradas en la Aduana de China – Retención y Desecho de productos falsificados. Veamos que nos enseñan al respecto y sus implicaciones.

Respecto de las marcas que ya se encuentran registradas en China, existen varias gestiones que se pueden hacer para aumentar su protección, la más eficaz es la inscripción de la marca en la Aduana de China.

La inscripción de las marcas registradas en la Aduana General de la Administración de China (General Customs Administration of China), ayudará eficazmente a detener las mercancías infractoras cuando sean exportadas o importadas al territorio chino, por lo cual, cuando productos de una marca igual o semejante a la que se tiene registrada en China, entren o salgan del territorio, el
titular tendrá la oportunidad de protegerse respecto de falsificadores.

Si la Aduana acepta la solicitud de inscripción, se conceden los siguientes derechos:

  • Si el titular tiene conocimiento de que arribará una mercancía infractora, puede informar directamente a la Aduana
  • Las autoridades de la Aduana pueden detener las mercancías que se parecen a la marca inscrita en el mismo organismo

En las dos situaciones anteriores, se seguirá el mismo procedimiento que a continuación se describe:

  • El titular recibirá una notificación de sospecha de bienes infractores, y posteriormente deberá pagar una fianza por la investigación de la Aduana

Las autoridades de la Aduana comenzarán una investigación y:

  • Si no hay infracción, los bienes serán devueltos al dueño y se devolverá la fianza al titular de la marca.
  • Si hay infracción, los productos serán destruidos y desechados a costas del solicitante. El resto de la fianza será devuelta al titular.
  • Si la Aduana no puede determinar si hay una infracción o no, el titular de la marca tendrá la oportunidad de presentar una demanda. La fianza se usará para el pago del almacenaje y el desecho de los productos. El resto será devuelto.

La inscripción en Aduanas tiene un plazo de protección de diez años desde la aprobación de la inscripción.

Lo anterior, es altamente recomendable para la importación y exportación de productos perecibles, ya que la destrucción impide que productos de marcas falsificadas ingresen al país.

Este es sólo un ejemplo de cómo para acceder a un mercado, se requiere de conocimientos adicionales para evitar que un mercado promisorio para un exportador sea menoscabado por prácticas fraudulentas, mediante el uso adecuado de las normas y colaboración de las autoridades del país importador.

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Alejandro Vélez – avelez@sac.org.co